Con la llegada del verano, el número de mujeres que encuentran en páginas de internet imágenes suyas haciendo toples –sin que hayan dado permiso para ello– aumenta de manera cuantiosa. Todo ello, que supone una vulneración tanto del derecho a la propia imagen como al de la intimidad, ha sido abordado por la socia de AVERUM Abogados, Marisa Herrero-Tejedor, en el programa En casa de Herrero de esRadio.

“Ahora, en esta etapa del año, nos estamos encontrando ante una creciente y exponencial casuística de este tipo de situaciones y es verdaderamente grave para los derechos de la personalidad de las afectadas”, ha comunicado Herrero-Tejedor al comienzo de la entrevista.

El derecho a la propia imagen

El derecho fundamental a la propia imagen, establecido en el artículo 18 de la Constitución Española, consiste en la facultad de la persona de decidir respecto al empleo de su imagen. Además, la existencia de este derecho tiene como principal función el proteger la vida familiar y privada, desde una perspectiva moral y social.

De esta manera, la letrada de AVERUM ha relatado en esRadio que “La jurisprudencia ha venido establecimiento unas diferencias entre los personajes públicos y privados, en la que estos últimos por razón de su profesión, se encuentran más expuestos y en las líneas generales, sus derechos de la personalidad –al honor, intimidad, y propia imagen concretamente– son un poco más limitados. Nunca se quedan anulados, pero sí que pueden ceder ante la libertad de expresión o información».

“Nos encontramos con personas –que suelen ser anónimas– que tristemente ven cómo sus imágenes, que han sido captadas en la playa, se albergan en algún tipo de plataformas. No obstante, se sea personaje público o privado no hay ningún tipo de interés general en que se publiquen imágenes en toples porque las mismas no gozan de interés para la sociedad y por ende se reputan como lesivas; primero para el derecho a la propia imagen y también pueden ser lesivas para el derecho a la intimidad”, ha agregado Herrero-Tejedor.

¿Qué hacer ante estas situaciones?

La letrada de este despacho también ha explicado de qué manera se debe actuar si ocurre alguno de estos casos: “Lo más importante es intentar salvaguardar esa imagen, hacerle algún tipo de aseguramiento para acreditar que la imagen está albergada en esa plataforma, y no ceder ante ningún tipo de chantaje si se pusieran en contacto con nosotros. Lo que recomendamos como especialistas, desde AVERUM Abogados, es acudir a la vía civil interponiendo una demanda por vulneración del derecho a la propia imagen, y también se podría dar una injerencia en el derecho a la intimidad. Esa demanda podría contemplar el amparo a esos derechos fundamentales que vienen garantizados en el artículo 18 de la Constitución”.

Así las cosas, la publicación de fotografías sin consentimiento no es legal como norma general, por lo que si se ha vulnerado tu derecho a la propia imagen y crees que esto te ha causado un grave daño o no consigues que eliminen tu foto, no dudes en buscar nuestra ayuda legal.

1 comment on “AVERUM Abogados en esRadio: la difusión sin consentimiento de fotografías en toples y el derecho a la propia imagen

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